Estimado Alberto, te envío el texto de Beni editado con la libertad que él me dio para hacerlo, Saludos cordiales, y muchas gracias nuevamente, Débora.
Shalom Queridos Debora, Elena, Cecillia, Juan, Colegas y Amigos:
Felicitaciones por todo vuestro empeño y desarrollo en el campo de la Mediacion y vuestra dedicacion al tema! Me apena contarles que en Israel la situación es desalentadora ya que se decidió cerrar el Centro de Mediacion del Ministerio de Justicia con el pretexto que ya no hay más necesidad de sus funciones. Por otra parte en mi reciente viaje al Reino Unido, pude notar que la mediacion tampoco está en un lugar esparanzador... Así es que ustedes están realmente a la vanguardia en estos dias!
Con relación a la opinión que Débora me solicitara esta semana quiero expresar lo siguiente:
Primeramente acepto lo que ella manifiesta cuando dice:"Argentina es un país que esta a la vanguardia en el desarrollo de la Mediación y por ello hemos ganado un importante reconocimiento en diferentes lugares del mundo. Ello contribuye a que el tratamiento del Proyecto de Ley que nos ocupa implique una mayor responsabilidad, toda vez que somos observados por otros países y en muchos casos tomados como ejemplo o como un modelo a seguir en este campo."
Por lo tanto, desde mi punto de vista es muy importante que se permita verificar en la Argentina la validez de lo propuesto en el Proyecto de Ley de Mediacion, antes de imponerla de manera permanente.
En particular el Art. 11.- Requisitos para ser mediador.- Los mediadores deberán reunir los siguientes requisitos: a) título de abogado..."etc;
Me parece que el argumento más simple de entender es que el Art 11. está en contradicción con el espiritu Democrático, tomemos por ejemplo los prerequisitos para ser Parlamentario, Diputado, Presidente de la Nacion, etc. Si bien las funciones que estos cargos comprenden están ligadas de manera muy directa con el proceso legal, ello no implica que en forma pre-determinada por la Ley, las personas que los ocupen tengan que ser ABOGADOS para cumplir con estas funciones! En consecuencia, si el desempeño de los cargos más importantes dentro de un sistema democrático, estando de modo natural estrechamente vinculados con el proceso legal, no requieren a-priori de un profesional abogado para asegurar el cumplimiento acabado de las funciones más relevantes de nuestra Sociedad, porqué esto debe imponerse como un pre-requisito para ser legitimado como MEDIADOR ?
La JUSTICIA RESTAURATIVA y la MEDIACION dentro de ella, precisamente vienen a reforzar la Democracia desde sus raíces!
También la Mediacion en ámbito Penal y las Reuniones y los Círculos Familiares y Comunitarios, deberían estar contempladas dentro de este mismo marco y sin restricciones que alcancen sólo a casos de "poca violencia"! Debería ser exactamente al revés, ya que la mayor eficacia de estas intervenciones se presenta en los casos de mayor gravedad!
Sin mas,
Cordialmente,
Beni Roberto Jakob
The illiterate of the 21st century will not be those who cannot read and write, but those who cannot learn, unlearn and relearn. Alvin Toffler
"The problems that exist in the world... cannot be solved by the level of thinking that created them." "Peace cannot be upheld by force. It can only be won through understanding.
Our longing for understanding is eternal."
Albert Einstein
"Absolute justice is achieved by the suppression of all contradiction: therefore it destroys freedom"
Albert Camus 1951
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Our longing for understanding is eternal."
Albert Einstein
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Albert Camus 1951
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